La Comisión de Pesca aprobó, en general y en particular, un proyecto que establece una excepción a la Ley General de Pesca y Acuicultura. Particularmente, refiere al uso del remanente no consumido durante 2023 de cuotas anuales de captura para la sardina común, la anchoveta y la meluza austral.
La iniciativa busca otorgar un alivio definitivo y continuo a la actividad pesquera esencialmente artesanal respecto de estos remantes.
Lo anterior se llevaría a cabo sin afectar la sustentabilidad de los recursos, pues se trata de una cuota ya debidamente determinada según criterios científicos, de conformidad con los requisitos y el procedimiento regulado en el artículo 3 de la Ley General de Pesca y Acuicultura, Además, se definen otros resguardos, tales como límites temporales y porcentuales.
En la sesión expuso Patricio Olivares, coordinador del Concejo Comunal de Pescadores Artesanales de la comuna de Toltén, región de La Araucanía. Señaló que las cuotas, en su región, ya fueron extraídas por el sector industrial, por ende, no existiría remanente alguno. Al mismo tiempo, sostuvo que este tipo de pesca va en contra del programa regional basado en el consumo humano.
En este contexto, sugirió que el Estado incentive el consumo humano, especialmente enfocado en los pequeños pelágicos. Hizo presente que su región cuenta con una gran biomasa de sardinas, pero solo tienen el 1% de la cuota asignada.
Remanentes no consumido:
La normativa establece que podrán ser extraídos dentro de los 60 días de captura siguiente, al inicio de las temporadas respectivas del año 2024 , los remanentes de cuotas no consumidos por la pesca artesanal durante el 2023. Considera a la sardina común y a la anchoveta, desde la región de Atacama a Los Lagos. También, a la merluza austral, entre las regiones de Coquimbo y Los Lagos.
Acota que las cesiones de cuota realizadas el año 2023, solo acrecerán la cuota artesanal para efectos de remanentes. Para ello se requerirá que la solicitud haya sido ingresada cumpliendo los requisitos legales y reglamentarios hasta el 30 de noviembre 2023.
Señala que el traspaso de remanentes no podrá superar el 30% de la cuota global del año 2023. Esto, considerando que la cuota global de captura tenga un mínimo de 10% de disponibilidad no capturada en el año. A su vez, cuando la pesquería no haya sido declarada en condiciones de agotamiento o colapso por parte del comité científico.
Dicho diagnóstico deberá ser fundado por un informe técnico emanado por la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura. En él se tomarán en cuenta los informes de evaluación del Instituto de Fomento Pesquero y se refrendará mediante decreto exento.
Otros alcances:
El texto también establece que, existiendo remanente, se imputarán automáticamente por parte del Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura las capturas efectuadas en el año antes de la entrada en vigencia de la ley. Igualmente, las que se realicen desde ese momento. Aclara que, sólo una vez vencido el plazo anterior para su captura, se imputarán al año calendario en curso.
Finalmente, define que dichas reglas, del mismo modo, serán aplicables en los casos en que la fracción artesanal de la cuota global se encuentre sometida al Régimen Artesanal de Extracción. Todo lo anterior es sin perjuicio de la aplicación de otras medidas de administración, según las reglas generales.
La iniciativa pasó ahora a consideración de la Comisión de Medio Ambiente.