La resolución aprobada por la Corporación solicita a las autoridades la modificación de las características del carné de identidad, para incorporar la identificación de su titular como integrante de un pueblo originario.
Por 122 votos a favor, tres en contra y 17 abstenciones, la Sala de la Cámara aprobó la resolución 726, que solicita al Presidente de la República instruir al director del Servicio de Registro Civil e Identificación, a través del Ministerio de Justicia, modificar las características de la cédula de identidad, para que se incluya la opción de incorporar la identificación de su titular, con un pueblo indígena u originario.
En el documento se recuerda que la Ley 19.253 define que se considerarán indígenas a las personas de nacionalidad chilena que sean hijos de padre o madre indígena, a quienes desciendan de habitantes originarios de las tierras y a los descendientes de las etnias indígenas, siempre que posean, a lo menos, un apellido indígena.
Asimismo, se plantea en dicho cuerpo normativo que un apellido no indígena puede ser considerado en esta situación, siempre y cuando se pueda acreditar su procedencia indígena por generaciones.
También se incluyen a todos aquellos que mantengan rasgos culturales de alguna etnia indígena, entendiéndose como tales, la practica de formas de vida, costumbres o religión de un modo habitual o cuyo cónyuge sea indígena, caso en el que será necesario que se autoidentifiquen como indígenas.
Imagen: Asociación Internacional de Sintergética