En condiciones de ser promulgado como ley, quedó el proyecto que modifica el Código de Aguas con el fin de mejorar el procedimiento de fiscalización y vigencia de la Dirección General de Aguas (DGA).
Esto luego que la Sala del Senado respaldara -29 votos a favor, 3 en contra y una abstención- el informe de la Comisión Mixta que resolvió las discrepancias entre ambas Cámaras sobre la iniciativa de autoría del Ejecutivo. Previamente, la Sala de la Cámara de Diputados y Diputadas hizo lo propio.
La Cámara de Origen al revisar los cambios propuestos por los senadores y senadoras en el segundo trámite, no aprobó un artículo -por falta de quórum- referido a las labores de vigilancia que se ejercerán para la corrección temprana de las inobservancias menores al Código de Aguas, esto en el marco de la resolución de término de procedimiento, los recursos de reconsideración y los de reclamación. Ello generó la conformación de la Comisión Mixta.
Esta situación, la explicó en la Sesión Ordinaria, la presidenta de la instancia mixta, la senadora Yasna Provoste al precisar que “el proyecto busca perfeccionar la fiscalización en materia hídrica (…) En la Cámara un artículo no alcanzó el quórum debido. No hubo un debate de forma, por lo que se decidió recoger la redacción del Senado. Ya en la Cámara, se ratificó el informe que emanamos y que ahora estamos revisando acá”.
PROYECTO:
Cabe recordar que la propuesta iniciada en mensaje, se enfoca en el control de las infracciones normativas al Código de Aguas introduciendo un procedimiento administrativo sancionatorio simplificado. Este se aplicará a determinadas infracciones que, debido a su cuantía, excepcionalidad o alcance, requieren de un procedimiento más ágil y eficiente.
El sentido es disminuir los tiempos de tramitación e incorporar elementos disuasivos más eficaces. Para esto, se pretenden adecuar los mecanismos de notificación para los procedimientos administrativos del citado Código. En este ámbito, se considera incluir la experiencia de las y los funcionarios de la DGA y adecuarlos al proceso de digitalización del Estado.
En este ámbito, se encuentran los procedimientos asociados a multas de baja cuantía; áreas con escasez hídrica declarada y vigente; zonas de prohibición para la explotación de aguas subterráneas; y las infracciones que no requieren de inspección en terreno.