La Sala de la Cámara aprobó con modificaciones -por 102 votos a favor, 10 en contra y 5 abstenciones- el proyecto que sanciona los delitos de robo, hurto y receptación de cables de telecomunicaciones.
El texto -de origen en una moción de senadoras y senadores- debe ahora ser visto por el Senado en tercer trámite.
El texto, aprobado en general el pasado 6 de agosto, plantea que el aumento de penas y multas no son suficientes para combatir el delito de robo de cables y hay que dotar de mayores herramientas legales a las entidades persecutorias.
La propuesta original del Senado planteaba tres cambios en diversos artículos legales:
Modificar el concepto de telefonía por “telecomunicaciones, equipos e instalaciones”.
Aumentar la sanción en el caso que el robo provoque una interrupción de un servicio público o domiciliario.
Aumentar la multa por receptación.
En cambio, el proyecto propuesto por la Sala de la Cámara agrega en los conceptos las redes de transporte y servicios de tecnologías de la información. Además, fijó agravantes a la sanción actual y un aumento de penalidades en la ordenanza de Aduanas, para combatir el contrabando.
Robo de cables:
Actualmente, la pena por el delito de robo o hurto es de presidio menor en sus grados medio a máximo (541 días a 5 años). Pero, si con ocasión de la perpetración del delito se provoca la suspensión o afectación de un suministro público o domiciliario, la pena se aplica en su grado máximo (3 años y 1 día a 5 años).
El Senado proponía incrementar esta última a presidio mayor en grado mínimo (5 años y un día a 10 años). No obstante, la Cámara respaldó mantener la actual penalidad del Código pero añadiendo como agravante ejecutar el ilícito simulando ser trabajador de alguna empresa proveedora de dichos servicios o hacer uso de información obtenida como trabajador de la misma.
En materia de contrabando, el texto mantiene la propuesta original de elevar las multas por el delito de receptación (5 a 20 UTM) de 75 a 100 UTM.
A ello, se suma castigar como autor de los delitos de robo, hurto o receptación, a quien tenga en su poder cosas que forman parte de las redes de suministro de servicios públicos o domiciliarios, y a quien falsifique o use documentos falsos para poder trasladar o comercializar los productos de estos ilícitos.