“Primero, quiero saludar el momento. Avanzamos para mejorar las condiciones y genera equidad salarial; es decir, terminar con esta brecha que va en contra de las mujeres”, declaró la presidenta de la Comisión de la Mujer y Equidad de Género senadora Loreto Carvajal, tras el despacho del proyecto que modifica el Código del Trabajo con el objeto de perfeccionar la regulación del principio de igualdad de remuneraciones entre hombres y mujeres.
Cabe recordar que la instancia especializada realizó una serie de sesiones de análisis del proyecto, que cursa su segundo trámite constitucional, y tras este despacho será analizado por la Comisión de Trabajo y Previsión Social.
Al respecto, la senadora Carvajal manifestó que, “entendiendo que hoy día la contingencia apremia: necesitamos modificación al sistema de pensiones, no cabe duda que la Comisión de Trabajo va a adoptar la misma eficacia y rapidez de la Comisión de Mujer, para avanzar en este proyecto”.
¿QUÉ SE PROPONE?
La Comisión de la Mujer incluyó el concepto de “trabajo de igual valor” (ejercida dentro de la misma empresa) y mayor apertura de reclamación, sumado a precisiones conceptuales y el reconocimiento de la trayectoria laboral.
Durante la última sesión se avanzó en:
En las negociaciones colectivas, se incluyó la inclusión de “planes de corrección de brecha laboral”.
Para que haya simetría entre el sector público y privado, se contiene a ambos en el seguimiento de implementación.
Para la ley 20.940, que moderniza el sistema de relaciones laborales, se aprobó, por mayoría, que el Consejo (integrado por nueve miembros de reconocida trayectoria en el ámbito de las relaciones laborales y mercado del trabajo): “tendrá una orientación paritaria en cuanto al género de sus miembros, debiendo al menos cuatro de éstos ser mujeres”.
En la ley 19.518, que fija nuevo estatuto de capacitación y empleo, se consideró incorporar en las políticas de capacitación, aspectos asociados a inserción en áreas específicas (modernización); en el comité bipartito de capacitación de empresas, plan de igualdad dentro de las empresas; que SENCE incorpore programas donde se detecte escasa participación femenina; se recogen normas para el desarrollo de programas y campañas de difusión y promoción; y se precisa la ejecución de acciones destinadas a incentivar la participación laboral femenina en sectores donde se detecte una escasa participación respecto a la de los hombres, según informe de la Subsecretaría del Trabajo.
Se acordó que la ley entre en vigencia a los 8 meses de la publicación en el Diario Oficial y durante este tiempo se deberán dictar los reglamentos respectivos.
Adicionalmente, se aprobó que la primera evaluación de las empresas, sobre la aplicación de la ley, será en 6 meses.