La propuesta iniciada en mensaje viene a actualizar la ley N° 20.585 publicada hace nueve años. De esta forma, apunta a fortalecer la capacidad fiscalizadora de las Comisiones de Medicina Preventiva e Invalidez (COMPIN), de las Instituciones de Salud Previsional (ISAPRES) y de la Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO), aumentando sus facultades y otorgándoles herramientas adicionales.
En la sesión ordinaria, el presidente de la instancia de Salud, el senador Javier Macaya explicó que “el gasto en salud es altísimo y la mayor parte de él corresponde a licencias médicas. Creemos que se debe mejorar parte de la redacción aprobada en la Cámara porque -entre otras materias- se rebajaron sanciones (…) En Chile hay muchos falsos pacientes que solicitan licencias para no ir a trabajar. Un porcentaje bajo de médicos emiten una gran cantidad y pagan justos por pecadores”.
Cabe consignar que, en la Comisión de Salud, los parlamentarios acordaron la necesidad de modificar tres artículos:
Artículo 1° referido a quiénes pueden emitir licencias médicas. Se aprobó que sean cirujanos, cirujanos dentistas y matronas que se encuentren debidamente inscritos y habilitados en el Registro Nacional de Prestadores Individuales (RNPI) que dispone la Superintendencia de Salud. Ahora se busca agregar que “se encuentren en territorio nacional”. Esto dado que se determinó que gran parte de las licencias fraudulentas provienen de médicos que están en el extranjero.
Artículo 8° sobre las sanciones al médico contralor. En la Cámara se eliminó lo aprobado en el Senado. Los senadores aprobaron que la SUSESO inicie una investigación de oficio respecto del contralor médico de una Isapre o una COMPIN que emita una licencia fraudulenta, así la Superintendencia de Salud quedaba facultada para suspender al profesional de visar estos instrumentos y el ente podía cursarle multas en UTM. La idea es reponer el texto.
Artículo 3° transitorio. La redacción aprobada en la Cámara establece que “el requisito de aprobación del Examen Único Nacional de Conocimientos de Medicina (Eunacom) para emitir licencias médicas será exigible a partir de un año de publicada esta ley”. La Comisión cuestionó dicho plazo considerando que todos los prestadores que están en el RNPI deben tener dicha prueba aprobada.
En la Sala intervinieron los senadores Juan Luis Castro, Ximena Rincón y Fidel Espinoza, quienes hicieron ver “la pertinencia de modificar el Subsidio de Incapacidad Laboral (SIL) dado el mal uso que se ha dado a este instrumento desde el punto de vista del paciente-trabajador, el médico y el empleador”.
Al respecto, se mencionó que “el Ejecutivo se comprometió a presentar a fines de diciembre o principios de enero, un proyecto que se haga cargo de todo lo que implica una licencia, por ejemplo, los días de carencia o el rol de la COMPIN”.
También se valoró que no se modificara en el segundo trámite que “la máxima sanción para los médicos grandes emisores pueda ser la suspensión de su título, que ahora exista un registro público de profesionales sancionados o que se dicte la medida cautelar de suspensión de la emisión de licencias, cuando un médico sea investigado”.
En cifras, se comentó que el Ministerio de Salud considera gran emisor a aquel profesional que emite más de mil 600 licencias médicas al año; que solo este año se han emitido a agosto, 5 millones de licencias electrónicas; que de acuerdo a la Contraloría, en el sector público, la media de permiso al año es de 33 días; un 55% de los mismos trabajadores cree que existe abuso en la entrega de este instrumento y un 11% considera que es una práctica extendida.
Los parlamentarios coincidieron en que “resulta urgente modificar el sistema de licencias médicas porque estas modificaciones son necesarias, pero no suficientes” y “enfermase es un derecho, pero de que hay abuso sostenido, lo hay” fueron algunas frases recurrentes.