La Cámara de Diputadas y Diputados aprobó y despachó a tercer trámite legislativo el proyecto que modifica la Ley de Copropiedad Inmobiliaria para garantizar que los reglamentos internos de los condominios no puedan impedir la instalación de sistemas de seguridad destinados a prevenir caídas desde departamentos ubicados en altura. La iniciativa fue respaldada por unanimidad en su votación general, con 139 votos a favor, y posteriormente ratificada en particular conforme al texto propuesto por la Comisión de Vivienda.
El proyecto establece que propietarios, arrendatarios y ocupantes podrán instalar mallas de protección de alta resistencia, limitadores de apertura de ventanas u otros dispositivos que cumplan con la normativa vigente de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones. Al mismo tiempo, autoriza a los reglamentos de copropiedad a fijar estándares mínimos de calidad y condiciones para la instalación y mantención de estos elementos, con el fin de resguardar la seguridad y la uniformidad estética de los edificios.
La propuesta incorpora además un nuevo artículo que reconoce expresamente el derecho de los copropietarios que vivan con menores de 12 años o personas con necesidades especiales que presenten un mayor riesgo de caídas a instalar estos sistemas de protección en departamentos ubicados sobre el primer piso. Asimismo, dispone que, cuando la instalación implique un aumento de la superficie edificada, deberán obtenerse los permisos correspondientes establecidos por la legislación vigente.
El texto también exige que los sistemas de seguridad cuenten con certificación del fabricante o proveedor sobre su vida útil, correcta instalación y mantenimiento. Además, establece que estos serán civilmente responsables por los daños que puedan producirse como consecuencia de fallas o defectos en los dispositivos. Junto con ello, fija un plazo de 18 meses para que los condominios adecuen sus reglamentos, señalando que, mientras ello no ocurra, las disposiciones que prohíban o restrinjan injustificadamente la instalación de estos sistemas quedarán sin efecto.
Durante el debate, parlamentarios de distintos sectores coincidieron en la necesidad de avanzar en una legislación que contribuya a prevenir accidentes fatales en edificios de altura, especialmente aquellos que afectan a niños y niñas. En ese contexto, varios legisladores recordaron los casos de Valentín, de cinco años, fallecido tras caer desde un piso 13 en San Pedro de la Paz en 2025, e Isidora, de dos años, quien perdió la vida al caer desde un piso 11 en la comuna de Las Condes.
Uno de los principales puntos de discusión fue el carácter de la instalación de los sistemas de seguridad. Algunos diputados cuestionaron que la Comisión de Vivienda modificara el texto aprobado por el Senado, reemplazando la obligación de instalar estos dispositivos por una facultad para los residentes, además de eliminar las sanciones y mecanismos de fiscalización contemplados originalmente. También se planteó la necesidad de revisar las responsabilidades civiles asignadas a fabricantes, proveedores e instaladores, buscando equilibrar la protección de las personas con una regulación proporcional para los distintos actores involucrados.


