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Política

04 de Diciembre

¿Cómo funcionará la nueva Ley de Seguridad Privada?

Autor | Informa al minutoEquipo-de-prensa-informa-al-minuto

Fuente imagen | Informa al minuto Gob.cl

El 28 de noviembre entró en vigor la ley que moderniza y profesionaliza el sector.

La nueva Ley de Seguridad Privada introduce un marco regulatorio moderno y unificado que reemplaza diversas normas anteriormente dispersas en leyes y decretos. Con esta actualización, se busca entregar mayor claridad y coherencia al sistema, estableciendo criterios comunes para la operación y supervisión de empresas y trabajadores del sector. Uno de los cambios centrales es la categorización de las empresas privadas según su nivel de riesgo —bajo, medio y alto— lo que permitirá aplicar exigencias proporcionales a las actividades que desarrollan.

 

En este nuevo esquema, las entidades que generen mayores riesgos para la seguridad pública deberán adoptar estándares más estrictos, que incluyen la presencia de personal especializado y la implementación de medidas reforzadas de protección. De esta forma, las empresas de riesgo medio deberán contar con un estudio de seguridad aprobado por la Subsecretaría de Prevención del Delito, mientras que aquellas clasificadas como de riesgo alto deberán implementar un Sistema de Vigilancia Privada completo, con equipos humanos, tecnológicos y materiales adecuados.

 

La ley también redefine las responsabilidades de la Subsecretaría de Prevención del Delito, que ahora tendrá la facultad de autorizar a las empresas y personas que desempeñen funciones de seguridad privada, aprobar estudios y planes de seguridad, sancionar infracciones y administrar el nuevo Registro de Seguridad Privada. Este registro deberá estar plenamente operativo en un plazo de un año e incluirá todos los subregistros relacionados con el sector.

 

En cuanto a las personas naturales que realizan labores de seguridad privada, la ley establece requisitos específicos y una nueva estructura de acreditación que ahora recaerá en la Subsecretaría y no en Carabineros. Entre las principales categorías se encuentran los vigilantes privados, habilitados para tareas de alto riesgo y autorizados a portar armas de fuego; los guardias de seguridad, que deberán utilizar equipamiento de protección como chalecos anticorte y cámaras corporales en funciones de mayor exposición; y los jefes de seguridad, quienes deberán contar con título profesional. A ellos se suman porteros, rondines, nocheros, operadores de cámaras, capacitadores y asesores, todos sujetos a requisitos diferenciados según el tipo de labor.

 

La normativa incorpora, además, un nuevo marco regulatorio para los eventos masivos que superen los 3.000 asistentes. Los organizadores deberán ingresar sus solicitudes a través de una plataforma informática de las delegaciones presidenciales regionales y presentar un plan de seguridad ajustado a los requisitos establecidos en el reglamento. La ley contempla también un estatuto especial de responsabilidad, que incluye la obligación de contratar seguros por daños a terceros y el establecimiento de deberes tanto para asistentes como para organizadores.

 

Desde su entrada en vigencia el 28 de noviembre, las entidades obligadas tendrán un plazo de seis meses para presentar su primer estudio de seguridad. Asimismo, se fija un plazo de dos años para evaluar a todas las entidades actualmente obligadas y determinar, en base a su nivel de riesgo, las medidas de seguridad que deberán cumplir en adelante.

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