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11 de Abril

Crean subsidio a la tasa de interés hipotecario para viviendas nuevas

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Fuente imagen | Informa al minuto Contexto

La propuesta, despachada por la Cámara a segundo trámite, presenta un perfil reactivador del sector inmobiliario y facilitador de la adquisición de la vivienda propia para personas naturales.

En los últimos 20 años, el acceso a la vivienda se ha postergado, casi triplicándose el periodo de ahorro. Entre las causas se encuentra una creciente tasa de los créditos hipotecarios, en un contexto de alta incertidumbre global. Este hecho también ha afectado al sector inmobiliario que acumula un stock que superó las 100 mil viviendas en 2024.

 

Pues un proyecto de ley, aprobado hoy por la Sala de la Cámara y despachado a segundo trámite, viene a hacer frente a esta situación.

 

En concreto, establece un subsidio a la tasa de interés hipotecario para la adquisición de viviendas nuevas. Además, introduce modificaciones al Fondo de Garantía Estatal (Fogaes) y establece modificaciones a Ley 19.281, sobre Arrendamiento de Viviendas con Promesa de Compraventa.

 

La propuesta tuvo su origen en un texto trabajado entre el Ejecutivo, la Cámara Chilena de la Construcción y BancoEstado. Dicho texto, tramitado en la Comisión de Hacienda, se propone mejorar el acceso y las condiciones de financiamiento. Asimismo, se fija la meta de disminuir el stock de viviendas y, así, generar un efecto reactivador del sector.

 

Sobre el subsidio a viviendas nuevas:

 

Se establece un subsidio a la tasa de interés hipotecaria de 60 puntos base para personas naturales. El beneficio se entregará conjuntamente con una garantía estatal, con el objetivo de conseguir una baja de interés aún mayor al monto subsidiado.

 

El beneficio no será aplicable a compraventas de promesas celebradas con anterioridad al 31 de diciembre de 2024, ni a créditos hipotecarios que sean novados.

 

Se entregarán hasta 50.000 subsidios, a personas naturales, de conformidad con las siguientes reglas:

 

Se trate de la primera venta efectuada sobre la vivienda.

 

El valor de la vivienda no puede superar las 4.000 UF.

 

Que la persona cumpla con los requisitos para acceder al Programa de Garantías Apoyo a la Vivienda Nueva (Ley 21.543, que crea un Fondo de Garantías Especiales).

 

Que cumpla con los demás requisitos establecidos en el o los decretos del Ministerio de Hacienda sobre la materia.

 

En la Comisión de Hacienda se subió, de cinco a seis mil, la cantidad de subsidios que se destinarán para primeras viviendas de hasta 3.000 UF. Para ello, las y los postulantes deberán cumplir con las normas del Sistema Integrado de Subsidio Habitacional y de la presente ley.

 

También se extendió, de 12 a 24 meses, el plazo para solicitar financiamientos con las presentes condiciones, después de publicada esta ley. Además, se agregó una disposición que obliga a las instituciones financieras a informar sobre el monto total de subsidios vigentes. Asimismo, sobre otros antecedentes que permitan verificar su adecuado funcionamiento.

 

Programas de apoyo:

 

Se crea un nuevo programa para personas naturales, de apoyo a la vivienda nueva de hasta 4 mil UF, al alero del Fogaes. Tendrá una cobertura del 60% del valor del inmueble. La garantía no podrá tener un plazo superior a 15 años ni inferior a 5.

 

Estará vigente hasta el 31 de diciembre del año 2030. O, en su defecto, hasta 15 años después de que se otorgue el último crédito garantizado bajo este mecanismo.

 

Además, se crea un Programa de Garantías de Recuperación Productiva Regional. Se destinará a empresas con ventas netas anuales entre 25 mil UF y un millón de UF y que realicen actividades económicas con una clara identificación regional o local. Se excluye a la región Metropolitana.

 

Con todo, el Fondo no podrá garantizar más del 80% del saldo deudor. Tampoco garantizará financiamientos que excedan el total de 250 mil UF. La garantía del Fondo no podrá tener un plazo superior a 12 años, sin perjuicio del plazo del financiamiento por el cual se otorgue.

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